jueves, marzo 28, 2024

Registro marca España con iGERENT

El registro de marca en España protege y confiere al titular los derechos exclusivos sobre la marca comercial. Es un proceso de suma importancia y muy recomendable para prevenir e impedir que terceros utilicen la marca. Sin embargo, no es un trámite obligatorio. El registro proporciona protección y derecho exclusivo para utilizar una determinada palabra, frase, símbolo, logo o sonido que sea identificativo de los productos o servicios de la compañía, así se ha visto en fuentes.

De esta manera, otros competidores del mercado no podrán apropiarse de ello ni usarlo y se garantizará la diferenciación de los bienes o servicios. iGERENT es una empresa con más de 6 años de experiencia en materia de propiedad intelectual e industrial a nivel mundial. Los profesionales asesoran a los clientes durante el proceso de registro marca España, de manera personalizada. Asimismo, la empresa facilita el proceso de registro de marca de manera rápida y sencilla, a través de la página web. iGERENT proporciona todos estos servicios a precios fijos y muy competitivos y, en todo momento, con total transparencia.

¿Cómo registrar una marca en España?

Los clientes que deseen registrar una marca en España deben rellenar la solicitud de registro disponible en la web de iGERENT. Los formularios son gestionados por abogados y consultores expertos en marcas, que garantizan una atención rápida y personalizada.

En el momento de presentar una marca comercial, es necesario entregar toda información sobre la marca. En primer lugar, la denominación que se quiere registrar, así como la imagen de la marca, si tiene elementos figurativos. El número de clases en que se presentará la marca y la descripción de los productos o servicios correspondientes a dicha clase también son datos relevantes a presentar. Finalmente, se deben aportar los detalles completos del titular de la marca: nombre completo, tipo de empresa y dirección. En determinados países, se puede requerir un abogado.

Con el fin de obtener la protección adecuada, la marca debe ser registrada en cada jurisdicción donde será utilizada. Los requisitos y procedimientos son diferentes en cada país, un factor que puede dificultar la tarea. Sin embargo, los agentes expertos de iGERENT simplifican todos los trámites y ofrecen un único formulario para solicitar el registro de marca en varios países.

Sistema de Madrid: solicitar una marca en más de 100 países

El Sistema de Madrid es una solución centralizada para la solicitud de registro y gestión de las marcas en todo el mundo. El proceso de solicitud centralizado permite solicitar una marca en más de 100 países de una sola vez. Es decir, simplemente se basa en un único trámite de solicitud que posteriormente es enviado a cada oficina local.

El sistema es posible gracias al Protocolo de Madrid, una convención internacional ratificada por un gran número de países. La conveniencia es la principal ventaja del sistema, ya que solo requiere una solicitud, en un único idioma y sin documentos adicionales. En esta línea, también supone una gran reducción de costes de gestión. No obstante, hay que tener en cuenta que el sistema permite extender la marca a otros países de manera gradual, según las necesidades del solicitante y los presupuestos.

¿Cuáles son las condiciones de registro marca España?

El registro marca España otorga protección en la península y en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. No es un requisito imprescindible que la marca haya sido previamente usada en España para poder registrarse, pero puede ser útil.

En caso que un tercero intente registrar una marca que presente grandes similitudes con la propia, es posible presentar una acción de oposición. No es obligatorio que la marca esté en uso para registrarlo, pero si no se utiliza durante un periodo consecutivo de cinco años después del registro, los terceros podrán presentar acciones para cancelar la marca.

Finalmente, el periodo de vigencia de las marcas registradas en España es de diez años y puede ser renovado indefinidamente por periodos adicionales de diez años. El periodo de renovación es hasta los seis meses previos a la fecha de vencimiento.

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